El Delegado Presidencial de Tarapacá, Daniel Quinteros, informó que con motivo de Fiestas Patrias se declara la obligatoriedad de izar el Pabellón Nacional el domingo 18 y el lunes 19, conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 20.537 en relación al artículo 2° del Decreto Supremo N° 1534 de 1967.
El artículo dice “la Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamentan su uso”, añadiendo su inciso segundo que “con todo su uso o izamiento será obligatorio en las oportunidades o efemérides que determine el reglamento”.
La obligatoriedad de izar la Bandera Nacional en estas fecha es para recordar que el 18 de septiembre de 1810, marca el inicio de nuestra epopeya histórica como nación, hito que merece ser loado por las sucesivas
generaciones de la Patria, como un recuerdo imperecedero del valor y sacrificio personal de nuestro pueblo, resultando un motivo altamente justificado, para el izamiento de nuestra Bandera Nacional como un símbolo de la unidad de la patria que condujo al poeta Pablo Neruda a declamar: «Están así hasta hoy nuestras banderas. El pueblo las bordó con su ternura, cosió los trapos con su sufrimiento. Clavó la estrella con su mano ardiente. Y cortó, de camisa o firmamento, azul para la estrella de la patria. El rojo, gota a gota, iba naciendo».
Finalmente, el Delegado Presidencial precisó que corresponderá a Carabineros de Chile velar por el debido cumplimiento de la resolución exenta 950 de 15 de Septiembre de 2022 de la Delegación Presidencial Regional de Tarapacá.
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