Denuncia de CONAF Tarapacá inicia procedimiento sancionatorio de la SMA contra inmobiliaria por obras al interior de Reserva Pampa del Tamarugal

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio con la formulación de un cargo grave contra la inmobiliaria Maturana y Fernández SpA, por la ejecución del proyecto Fundo San Ignacio que se encuentra ubicado al interior de la Reserva Nacional Pampa del Tamarugal.

El cargo se refiere a la ejecución de obras al interior del área silvestre protegida del Estado, relativas a la apertura y ejecución de caminos, mediante el despeje del terreno, el descepado y tumbado de 26 ejemplares de árboles (20 tamarugos y 6 algarrobos), sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que lo autorice, tal como lo establece la Ley 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente.

DENUNCIA DE CONAF

Según informó la directora regional de CONAF, Natalia Ortega: “a través del monitoreo digital mediante plataformas PLANET y LEMU detectamos cambios en la cobertura vegetal de la Reserva, lo que originó una posterior inspección en terreno junto a la SMA, PDI, SAG y el Consejo de Monumentos Nacionales, constatando la apertura de caminos, despeje del terreno y otras intervenciones realizadas con maquinarias en el área. Ante estos hechos ingresamos una denuncia por corta ilegal y daños diversos a la Reserva, que es parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado”.

En este escenario, la SMA inició en 2022 un procedimiento de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) del proyecto, de conformidad a la letra i) del artículo 3 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente. Lo anterior, por considerar que el proyecto se encontraba en una hipótesis de elusión al SEIA. En este contexto, el Servicio de Evaluación Ambiental -encargado de administrar el SEIA- informó a la Superintendencia que “en virtud de las características del proyecto Fundo San Ignacio, este debió ingresar en forma previa y obligatoria” a evaluación ambiental.

En virtud de los hechos y considerando la información enviada por la inmobiliaria, la SMA decretó terminar anticipadamente el procedimiento de requerimiento de ingreso, dado que el proyecto se mantuvo en ejecución y los terrenos se siguieron ofreciendo en venta, lo cual pudo provocar afectación al área protegida del Estado. Consecuentemente, con fecha 6 de noviembre de 2024 la SMA formuló un cargo por la ejecución de obras dentro de un área colocada bajo protección oficial sin la autorización ambiental respectiva.

El jefe de la oficina regional de la SMA en Tarapacá, José Miguel Pedraza, señaló que “en las fiscalizaciones realizadas por la Superintendencia y CONAF se pudo constatar distintas acciones del proyecto que provocaron afectación en esta área protegida del Estado, y en comunidades vegetales de especies nativas que se encuentran en categoría de conservación. Es importante recordar que el cumplimiento ambiental es una obligación para los titulares para ejecutar cualquier tipo de proyecto”.

Finalmente se informa que de acuerdo a la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, el titular arriesga la clausura del proyecto, la revocación de su RCA o una multa de hasta 5 mil UTA, equivalentes a más de $4 mil millones.