La Declaración Pública de la Municipalidad de Iquique, manifiesta:
«Dada la reciente emisión del fallo del máximo tribunal de justicia del país respecto del recurso de amparo económico presentado ante la implementación de un horario diferenciado, para la venta de bebidas alcohólicas en el sector de la Península de Cavancha, como Municipalidad de Iquique, expresamos lo siguiente:
1.- Esta resolución de la Corte Suprema comparte las conclusiones de fondo contenidas en el fallo de la Corte de Apelaciones de Iquique, del 19 de marzo pasado, en la que se establece que no hay ilegalidad alguna en nuestro proceder al dictar la Ordenanza N°598/2024.
2.- De esta forma, se ratifica que el Concejo Municipal de Iquique contó con los antecedentes necesarios y los fundamentos correctos para votar la puesta en marcha de esta medida.
3.- Misma medida que tomamos a partir de una sentida demanda de vecinos del sector quienes, por años, venían abogando por tener una mejor calidad de vida.
Por ello, este horario diferenciado busca generar un sano equilibrio entre la legítima actividad comercial y la debida tranquilidad propia del carácter residencial de este barrio de la ciudad.
4.- Finalmente, se mantiene la vigencia de este horario diferenciado, pues actuamos en derecho y uso de las facultades que la ley nos otorga».