Este viernes 15 de abril termina el estado de excepción en la macrozona norte, pero el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, aseguró que mantendrán vigente el decreto 265 (publicado durante la administración anterior) que permite mantener a personal policial y militar, por lo que “el control de la frontera se va a ver absolutamente inalterado”.
Tras visitar ciudades del norte, Monsalve reiteró el compromiso del Gobierno de mantener una frontera segura. “El estado de excepción termina, pero el Gobierno va a mantener vigente el decreto 265 que permite mantener a todo el personal policial, pero también a todo el personal de las Fuerzas Armadas y a todo el equipamiento de apoyo para el control de las fronteras”, precisó.
De hecho, por lo mismo aseveró que “el control de la frontera se va a ver absolutamente inalterado a partir del término del estado de excepción”. En esa línea, el subsecretario sostuvo que a ambas policías se les solicitó planes especiales de seguridad en dos ámbitos.
En primer lugar, dijo que se pidió “mejorar la seguridad de control de las rutas y para eso Carabineros ha diseñado un plan especial de control y mayor seguridad de las rutas”. En segundo lugar, señaló que a su juicio “es evidente la inseguridad que viven los ciudadanos, el aumento de la percepción de inseguridad, y los hechos violentos de los cuales son testigos y generan inseguridad tienen que ver con la presencia de crimen organizado.
Por eso hemos pedido particularmente a la Policía de Investigaciones (PDI) tomar acciones respecto a la lucha contra el crimen organizado en la macrozona norte. La PDI tiene una brigada de la macrozona norte justamente para abordar esta característica que no tiene límite regional”. ¿Qué dice en detalle el decreto 265? De acuerdo con la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, el decreto 265 autoriza en su primer artículo, la colaboración de la Fuerzas Armadas con las autoridades civiles y policiales competentes para actuar en relación a actividades que se vinculen al tráfico ilícito de migrantes, y al narcotráfico y crimen organizado transnacional, en el marco de las facultades que la Constitución y la ley les otorguen, en zonas fronterizas del territorio nacional.
El Ministro del Interior y Seguridad Pública será el encargado de evaluar “la forma en que las policías emplean la colaboración mencionada y se coordinará con el ministro de Defensa Nacional para la eficacia de la misma”.
En su segundo artículo detalla que para materializar la referida colaboración, se delega en el ministro de Defensa Nacional la facultad de suscribir, por orden del Presidente de la República, “los decretos supremos que ordenen la organización y distribución de unidades de las Fuerzas Armadas, que tengan por objeto el despliegue de unidades aéreas, terrestres y/o marítimas para prestar apoyo logístico, de transporte y tecnológico, en zonas fronterizas del territorio nacional”. De la misma manera, el ministro de Defensa Nacional “podrá nombrar los mandos militares que asumirán el control operacional de las unidades que se asignen en virtud de lo dispuesto en este artículo.
Se entiende por ‘control operacional’ la facultad delegada a un comandante para planificar y conducir las actividades de las fuerzas asignadas, de manera que pueda desempeñar misiones o actividades específicas, limitadas por función, tiempo y lugar”.
Fuente: Emol.com
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